La facturación electrónica ya es la regla general en el Perú. Con los últimos cambios de la SUNAT, la mayoría de negocios formales debe emitir sus comprobantes de pago de forma electrónica, y ahora incluso desde el mismo día en que se inscribe en el RUC. En esta guía te contamos quiénes están obligados, desde cuándo y qué plazos debes respetar.
Lo nuevo en 2026: emisor electrónico desde la inscripción en el RUC
Mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, publicada el 11 de mayo de 2026, la SUNAT dispuso que a partir del 1 de junio de 2026 los contribuyentes que se inscriban en el RUC y se acojan al Régimen General, al Régimen MYPE Tributario o al Régimen Especial de Renta sean designados emisores electrónicos desde su inscripción.
En la práctica, esto significa que un negocio nuevo ya no tiene un periodo de transición: desde su primera venta debe emitir facturas y boletas electrónicas. La misma norma establece además que quienes estén obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras deberán hacerlo a través del SIRE desde el periodo en que nazca esa obligación.
¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes electrónicos?
Según la información publicada por la SUNAT, están obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos:
- Los nuevos inscritos en el RUC que elijan el Régimen General, MYPE Tributario o Especial, desde el día de su inscripción.
- Quienes salen del Nuevo RUS hacia otro régimen, desde el primer día calendario del mes siguiente al cambio.
- Los demás contribuyentes que realicen operaciones por las que deban emitir facturas o boletas de venta, desde la fecha en que deban emitirlas o las emitan, lo que ocurra primero.
Los contribuyentes del Nuevo RUS no están comprendidos en esta obligación general.
Plazos para enviar tus comprobantes a SUNAT
Emitir el comprobante no es suficiente: también debe enviarse a la SUNAT (o a un OSE) dentro del plazo. Estos son los plazos vigentes:
| Comprobante | Forma de envío | Plazo máximo |
|---|---|---|
| Factura electrónica y sus notas | Individual, comprobante por comprobante | 3 días calendario, contados desde el día siguiente a su emisión |
| Boleta de venta electrónica y sus notas | Resumen diario (o de forma individual) | Hasta el sétimo día calendario siguiente a su emisión |
Si el comprobante no se envía a tiempo, puede perder validez y el emisor queda expuesto a sanciones. Por eso es importante usar un sistema que envíe los comprobantes de forma automática y te muestre su estado.
¿Qué necesitas para empezar a facturar electrónicamente?
- Tener RUC activo y habido.
- Contar con tu Clave SOL.
- Elegir un sistema de emisión: los gratuitos de SUNAT (SEE – SOL, Facturador SUNAT, app Emprender) o un sistema del contribuyente, como un software de facturación.
- Configurar tus series (por ejemplo, F001 para facturas y B001 para boletas) y los datos de tu empresa.
- Emitir, enviar a SUNAT y entregar el comprobante a tu cliente.
La información de este artículo es referencial y está basada en publicaciones de la SUNAT vigentes a septiembre de 2026. Ante cualquier duda sobre tu caso particular, consulta la normativa oficial o a tu contador.
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